La abogada Cristina Falkenberg alerta sobre los efectos de la nueva ley de contratos del sector público:
"...también conocida como Ley del chanchullo y el "a dedo" y que inviste a la Administrac de unas potestades tan desorbitantes que lo que está claro es que cualquiera que contrate con ella, sabiendo lo injusta que puede ser, va a pedir un precio altísimo, para cubrir el enorme riesgo contractual al que se expone con tan prepotente e injusta Admin. frente a él. Rdo: obras públicas a cuatro veces su costo... amablemente pagadas del bolsillo de todos nosotros... mientras unos ministros incompetentes pueden tapar su incompetencia obrando arbitrariamente si les viene bien y al caso... en vez de exigir que la planificación administrativa en origen esté bien hecha para que todo funcione y los contratos puedan ajustarse lo más posible".
"...también conocida como Ley del chanchullo y el "a dedo" y que inviste a la Administrac de unas potestades tan desorbitantes que lo que está claro es que cualquiera que contrate con ella, sabiendo lo injusta que puede ser, va a pedir un precio altísimo, para cubrir el enorme riesgo contractual al que se expone con tan prepotente e injusta Admin. frente a él. Rdo: obras públicas a cuatro veces su costo... amablemente pagadas del bolsillo de todos nosotros... mientras unos ministros incompetentes pueden tapar su incompetencia obrando arbitrariamente si les viene bien y al caso... en vez de exigir que la planificación administrativa en origen esté bien hecha para que todo funcione y los contratos puedan ajustarse lo más posible".
Scary!
22 comments:
¿Y dónde dice eso la Cristina Janderklander esta? ¿hay algún enlace?
Estoy estudiando la reciente Ley para unas oposiciones.
Curiosamente, es una ley más restrictiva para el Estado, exigiendo más requisitos para evitar la arbitrariedad en la actuación de las AAPP. Es decir, todo lo contrario de lo se dice en este artículo.
Desconozco quien es la sra. Falkenberg pero me parece que, con tal de atacar al Gobierno, todo vale.
Es un comentario que me envía por correo electrónico. Le paso vuestros comentarios para que ella misma se explique.
Pues mire usted, señor Coup de Bâton, me llamo Falkenberg, siempre que a usted no le resulte molesto o imposibe.
Y yo le pregunto, Nefar, ¿cree usted de verdad que las constructuras se rebelan sólo porque sí contra la mano que les da de comer? ¿O cree usted que quizá tengan unos estupendos letrados y se asistan en buenos despachos con alguna experiencia más que usted de cuya brillante cabeza no dudo?
Señor libertimad, espero que sea tan amable de trasladar mi respuesta a la señora Falkenberg:
Reconozco mis carencias como mero opositor. Sin duda usted, como abogada, sabrá bastante más que yo de Derecho. Por ello le agradecería que me contestara a una serie de dudas que me surgen al leer su artículo:
-Dice usted que las constructoras se rebelan contra la mano que le da de comer. ¿No le parece un poco temerario sugerir este punto cuando la misma ley, en su DF 10ª dice que entrará en vigor a los 6 meses de su publicación (es decir, en abril)?
-¿Me puede usted enlazar algún estudio que demuestre que dicha ley (que, como ya he dicho, todavía no ha entrado en vigor) va a provocar, y siempre según sus palabras, que los contratos suban 4veces su valor?
-Dado que esta ley tiende a que cada vez más contratos se consideren "privados" (es decir, las AAPP no tengan potestades y se la considere como un particular, debiendo acudir si es necesario a los tribunales civiles como un particular más), ¿me puede enumerar a grosso modo esas "potestades tan desorbitantes" que usted menciona?
Muchas gracias de antemano.
Nefar, Así que quieres que te pagemos un suelduco de chupatintas y vienes dando lecciones a los demás, anda chaval ponte a trabajar y deja de robar a la gente.
¿Como se puede afirmar algo así y encima pretender tener superioridad moral "todo vale con tal de atacar al gobierno"?
Cuanto caradura hay por el mundo.
¿No hay ningun asesino en serie para opinar por aquí?
No, Stewie, no quiero que me pagueis un suelduco de chupatintas. De hecho, ya lo haces. Aprobé las oposiciones hace ya un tiempo. Ahora me estoy preparando la promoción interna.
Gracias por pagar mi sueldo con tus impuestos y las retenciones de tu salario.
Por cierto, ¿sabes que tu "argumento" es una falacia ad hominem? Que yo sea funcionario no le da o le quita validez a mis argumentos.
Llamarme ladrón o equipararme con un asesino en serie no hace sino confirmar tus pobres argumentaciones, que ya caen en lo paródico.
Nefar, buenas noches. Intentaré responder a sus preguntas.
1º - Es irrelevante que la Ley entre en vigor en seeis meses o en un año. Aquellos de sus aspectos que resultan desproporcionados lo son... hoy, mañana y dentro de seis meses de modo que cuanto antes se abra el debate, mejor, ¿no cree usted?
2º - Es evidente que lo de "cuatro veces" es un modo de hablar y no creo que haya ni que jamás se haga un estudio que recogiendo hasta el último contrato celebrado con la última Administración cuantifique exactamente el importe en el cual los contratistas calcularon su riesgo para ajustar al alza el precio del contrato, pero es evidente que si has de contratar en condiciones duras, por no decir, llegado el caso, leoninas, entonces, Nefar, subes el precio por el riesgo que para ti tiene. Nefar: la Administración no es ni siempre buena, ni siempre honrada, ni siempre procede de acuerdo con la legalidad establecida, si no, ¿para qué estaría el contencioso-administrativo?
Quiero dejar bien claro que hay muchos fuincionarios por los cuales tengo mis máximos respetos: empero hay grandes contrastes dentro de la Administración y aunque de buenos modos se la llame a cumplir la ley, ¿cuántas veces no hace oídos sordos sabiendo muy bien que se salta las normas a la torera?
Sobre estas fechas el año pasado, cuando el atentado de la T4 tuve un desagradable desencuentro con una Administración incumplidora, a todas luces manifiestamente incumplidora de la Ley (con mayúsuculas). Pero pasé por una tienda y vfi a los bomberos desescombrando la T4 a contrarreloj y dejándose la piel y los huesos en ello... y pensé "desde luego que hay funcionarios y funcionarios".
3º - ¿Ha oído usted hablar de la doctrina de los actos separables? ¿Y en qué ambito se ejercen las potestades (que no poderes... potestades)? ¿Y qué orden jurisdiccional conoce de tales actos? ¿Y si nunca ocurriese nada, para qué estaría tal orden a disposicón de los justiciables?
¿Y ha oído usted hablar del princpio de autotutela? ¿Y se ha leído usted bien la ley?
¿Cree usted que doña Magdalena Álvarez es capaz de decir fácilmente que ha variado la situación un 20% (art 232 creo que es, por ejemplo), y dejar al contratista con un palmo de narices, por algo más cercano al capricho que otra cosa? Porque a mi, mi sentido común de española normal y corriente me dice que sí.
¿Respondo a sus preguntas? Yo, tan española y tan ciudadana como usted, comparto con usted un indubitado interés en la buena marca de este país y en este momento, quizá junto a usted, quizá no, pero seguro que junto a muchos españoles más, una honda preocupación por la senda en que ha entrado, datos y BOE en mano. A mi me importa España. Que es mi país y el suyo. Y me importan las personas normales. Que los óreganos de Gobierno y la cúspide de la Administración la ocupen unas yu otras personas me da bastante igual: mientras sean, efectivamente, las mejores para España. Eso es lo que quiero yo, Nefar, y estoy segura de que usted, también.
Huelga decir que la comunicante anónima es siempre Cris Falkenberg
nefar, no pretendia contrarestar tus argumentos sobre el caso en cuestión si no indicar el fariseismo consistente en cobrar un sueldo que las personas que demandan tú servicio no estan dispuestas a pagar voluntariamente, si no que les es arrebatado a punta de pistola. Por no hablar de cobrar un servicio que en el mejor de los casos estara haciendo competencia desleal a posibles competidores y en el peor consistira en un monopolio agresivo que empleara la violencia para mantenerse, impidiendo la entrada de otros oferentes en el mercado en cuestion, a costa de mayor nivel de gasto (especialmente para los más pobres que no pueden permitirse viajar para acceder a otros mercados o mudarse) y empeoramiento del producto.
Tú trabajo incide de forma criminal sobre los contribuyentes y consumidores. Puede que a ti te parezca que es un trabajo necesario (y puede que lo sea) pero eso no te da derecho a coaccionar indirectamente al resto de la sociedad, y más cuando cualquier actividad humana puede desarrollarse en un entorno de libertad.
Entiende que alguien a sueldo del estado no es alguien confiable en materias relacionadas con los gobiernos porque esta en el mismo lado que el mismo en el conflicto (entre contribuyentes y receptores) y sus intereses de explotación son parejos. Por lo tanto tú frase: "todo vale con tal de atacar al gobierno", es si obviamos su ironia cierta. El gobierno no tiene derecho a "no ser difamado", el gobierno en tanto organización criminal que viola la voluntad de las personas no tiene derecho a existir.
Puede que tú trabajo este monopolizado por el estado, por ejemplo las fuerzas policiales, los tribunales de justicia... Pero eso no te da derecho a beneficiarte del crimen de la instauración de dicho monopolio por la fuerza.
Entiendo que es una práctica socialmente aceptada en estos tiempos de agresión permanente en los que vivimos, pero eso no le da mayor legitimidad, como no la tenia la esclavitud en los EEUU de siglos anteriores. Después de todo estamos hablando de otro tipo de esclavitud: la esclavitud impositiva que tiene la peculiaridad de instuirse "por el propio bienestar" del esclavizado.
Que todo aquello que ganes sea fruto de transcaciones voluntarias en beneficio de los consumidores y no fruto de la imposición en beneficio de los políticos y sus lacayos.
No se preocupe tanto por España, señora Falkenberg. Como muy bien decía Hernández Mancha, ni España se rompe ni corre ningún riesgo. Va a sobrevivir a Zapatero, como sobrevivió a Aznar y nos sobrevivirá tanto a usted como a mí.
Pero empecemos. Por supuesto que la Administración no siempre es honrada, al igual que los particulares. Es una construcción humana y los seres humanos somos imperfectos. ¿Por qué van a ser perfectas las AAPP? ¿Quién ha dicho lo contrario? El tema en el que me gustaría centrar el debate es sobre si la nueva ley, tal y como mantiene usted, entraña unas variaciones tan negativas y perjudiciales. Mi sospecha (y reconozco que no deja de ser un juicio de intenciones) es que usted carga contra la nueva ley por ser una norma aprobada por el PSOE. Veamos en qué me baso para decir esto:
La fecha de entrada en vigor de la ley era para indicarle que, dado que todavía no existe un solo contrato que se rija por la nueva normativa, es difícil calcular, excepto en la teoría, los efectos perniciosos de la susodicha. Con lo cual no tenemos una sola prueba empírica de sus afirmaciones, señora Falkenberg.
Le preguntaba en mi post anterior sobre algún estudio o informe que demuestre que los nuevos contratos al amparo de la ley supongan un aumento tan drástico del precio. No solamente no me enlaza usted ninguno sino que me cita una serie de principios como respuesta.
Veámoslos. Habla usted de la doctrina de los actos separables. Me parece un principio bastante lógico, dado que estamos hablando del interés general. Pero no quiero entrar en un debate sobre lo acertado o no de dicha doctrina. Tan solo le pregunto (y es una pregunta retórica) si dicha doctrina ha sido introducida por la reciente Ley. ¿También son consecuencia de la nueva Ley de contratos los tribunales contencioso-administrativos? No, ¿verdad?
También conozco el principio de autotutela y de nuevo me parece un principio lógico. ¿Es quizás exorbitante? Puede ser, pero es que, de nuevo, estamos hablando del interés general. Pero no quiero irme por las ramas. De nuevo vuelvo a preguntarle si este principio ha sido introducido por la nueva Ley. No hace falta que me conteste a esto. Conozco la respuesta.
Pero entonces, ¿cuáles son esas terribles novedades de la Ley 30/07que van a provocar un incremento tan tremebundo en el precio de las obras públicas?
El problema, me temo, no es si esta Ley es mejor o peor que la anterior. El problema para usted, señora Falkenberg, son sus prejuicios. Y me lo confirma con su ejemplo de la despiadada Magdalena Álvarez dejando con un palmo de narices al pobre contratista. ¿Me quiere usted hacer creer que con la legislación anterior (art. 59 del Real Decreto Legislativo 2/2000) no podía hacerse y que con la nueva Ley 30/2007 sí? Todo lo que ha expuesto hasta ahora no es sino una falacia de juicio de intenciones en la que usted da por hecho que las AAPP van a proceder, a partir de ahora, a incautar las obras o los suministros de los contratos y a resolver arbitrariamente los mismos.
Analicemos el ejemplo que usted ha puesto. Ya sabe, el de la pérfida Magdalena Álvarez y el pobre contratista. Y analicémoslo, como usted dice, BOE en mano:
Nueva Ley (30/07), artículo 220. Causas de resolución del contrato de obra.
e) Las modificaciones en el contrato, aunque fueran sucesivas, que impliquen, aislada o conjuntamente, alteraciones del precio del contrato, en cuantía superior, en más o en menos, al 20 por ciento del precio primitivo del contrato, con exclusión del Impuesto sobre el Valor Añadido, o representen una alteración sustancial del proyecto inicial.
Veamos que dice la antigua ley (Real Decreto Legislativo 2/00), artículo 149. Causas de resolución del contrato de obra:
e. Las modificaciones en el contrato, aunque fueran sucesivas, que impliquen, aislada o conjuntamente, alteraciones del precio del contrato, en cuantía superior, en más o en menos, al 20 % del precio primitivo del contrato, con exclusión del Impuesto sobre el Valor Añadido, o representen una alteración sustancial del proyecto inicial.
No sé a usted, señora Falkenberg, pero a mí los dos preceptos de ambas leyes me parecen exactamente iguales. ¿En qué se basa usted para decir que con la nueva ley en la mano, Magdalena Álvarez va a poder resolver el contrato y dejar con un palmo de narices al pobre contratista?
Es que este es el problema: seguimos sin quitar lo que a todas luces es malo (y más habida cuenta de que la potestad para interpretar los contratos corresponde a la Admin) y con los debidos respetos, no son prejuicios sino si me lo permite, Nefar "post-juicios", ¿o a usted le parece que la gestión de Dña. Magdalena es admirable? Cuando una de las partes es la que ostenta la potestad de interpretar los contratos y decir cuándo se ha desviado un 20% de lo previsto entonces la otra corre un riesgo "de quedasre con un palmo de narices" y ese riesgo, estimado Nefar, se paga, con dinerete contante y sonante. Esto es un principio elemental de economía que usted seguro que conoce.
Es que se han pedido mil veces las mismas cosas y no se atienden, siendo éste un ejemplo bien conocido... sólo que con todo el cariño del mundo el Sr. Álvarez Cascos era un ingeniero que cuando cogía un plano lo sabía leer y se enteraba de lo que iban las cosas circunstancia que no concurre, simplemente no concurre en Doña Magdalena Álvarez, lo mismo que es una verdad como un templo que el Ministro Moratinos no habla idiomas, simplemente chapurrea y mal creo que el inglés y el francés (que son los que le he oído). Nefar: esta es una cuestión fáctica y lo es también que para la Administrac es muy fácil decir que algo ha variado en un 20%, no es fácil probar que no sea cierto y en cualquier caso para cuando se prueba y se resuelve la cuestión, ya es tarde, mal y nunca, como suele decirse.
No se trata, Nefar, de decir que "una ley es maravillosa y que los demás con tal de meterse con el Gobierno"... Mire: el auténtico despilfarro en obras públicas es una realidad, haciendo y desahaciendo por millones y millones de euros. Hay mala planificación administrativa y el consabido ejemplo del 20% es la típica "escapatoria fácil" para cuando la Admin quiere salirse de algo. La pregunta es si legítimamente se está saliendo de ese algo porque de verdad ha habido un cambio de circunstancias imprevisible o inevitable auqnue en un momento posterior a contratar fuere previsible o si simplemente se debe a una mala planificación de suerte que es exigible por los ciudadanos que esta mala planificación no se dé... o esos vaivenes y repentinos cambios de planes por causas que nada tienen que ver con la obra en sí sino más bien con las elecciones, así por poner un ejemplo.
En mi post hago una llamada implícita a su conciencia solidaria. Solidaria con sus compatriotas porque los caprichos y los dislates los pagamos entre todos, usted también. Yo soy de la opinión que la Ley no abarata el coste de las obras públicas y no ata mejor a una Administración cuyos órganos no hay garantía alguna que no vayan a venir a encarnarse por personas caprichosas, poco competentes o que anteponen sus propios intereses personales de carrera política al servicio al ciudadano y al país. Como no tenemos esa garantía sólo una mejor Ley (cierto que el texto de 2003 era ya un refrito tremendo, de modo que tampoco me parece ninguna maravilla) puede hacer que las cosas empiecen a mejorar.
Mire, no vamos a analizar punto por punto una Ley larguísima, entre otras cosas poorque tengo otras cosas que hacer que charlar por Internet (y más cuando el comentario fue hecho en un e-mail privado y simplemente me fue comunicado a posteriori que se había colgado en Internet, de modo que no estaba destiando a ser colgado en la Red cuando se redactó, por lo que no he hecho previsiones en mi agenda para largas discusiones), pero ni a mi, ni a otras personas con las que he hablado, ni a quienes tienen que aplicar esta nueva Ley les gusta. Y es evidente, que esta Ley no introduce la doctrina de los actos separables. La pregunta se la hacía por algo de lo cual usted a lo mejor no se ha enterado... o a lo mejor sí. Y lo que yo expongo no son falacias. No creo que los contratistas sean santos, ¡faltaría más! pero no creo que la Ley abarate sino que sigo creyendo firmemente que eleva el coste de las obras públicas a la vez que amplía las potestades de la Adminsitración. Ese es mi punto de vista tras una lectura del texto. Usted piensa sin embargo que yo esto lo digo con tal de atacar al Gobierno y porque tengo prejuicios, etc., etc. Pues bueno, ese es su punto de vista PERO USTED NO ME A CONCRETADO POR QUÉ Y EN QUÉ, ARTÍCULO POR ARTÍCULO Y CONSECUENCIA JURÍDICA Y FÁCTICA LA NUEVA LEY ES MEJOR Y VA A HACER QUE LAS OBRAS PÚBLICAS NO SUBAN DE PRECIO... AL MENOS, PUES SIENDO REAL QUE SU COSTE ES MUY SUPERIOR AL DE LAS PRIVADAS ES EN EL INTERÉS GENERAL Y RESPONDE A LOS PRINCIPIOS DE EFICACIA Y ECONOMÍA DISEÑAR UNA LEY QUE GARABNTICE QUE VAYA A BAJAR SU COSTE.
¿CREE USTED QUE PODRÍA CONCRETARME EXACTAMENTE CUÁLES SON LOS PRECEPTOS DE LA LEY QUE TENDRÍAN COMO INEVITABLE CONSECUENCIA BAJAR EL COSTE DE LAS OBRAS, O AL MENOS EVITAR SU SUBIDA? No se centre usted en mí, que yo no me centro en usted. Vayamos a la Ley y artículos en mano, dígame cuáles concretamente logran este fin. Pero ¡ojo! no me vale que me cite usted las florituras, esos bellos principios que adornan las Exposiciones de Motivos y los primeros artículos pero que luego no se sustancian, pues ahora tenemos una cierta porción de "pura propoaganda" en cada norma, sea del gobierno que sea. Se reviste de cosas que suenan bien pero vaya usted al grano y pruebe usted que efectivamente está garantizado que el precio de las obras va a bajar... porque no lo está. Los riesgos para los contratistas son mayores... y a mayor riesgo: más remuneración.
Y es una realidad que el coste de las obras públicas es muy superior al coste de esa misma obra cuando una de las partes no es la Administración y los defectos de la antigua Ley se han pasado a ésta... además de las "novedades".
Y a mi me preocupa España, y eso no es un prejuicio: es una preocupación y me preocuparé de lo que estime oportuno de suerte que yo a usted no le digo de lo que ha de dejarse de preocupar o no, pero datos en mano, España NO va bien. Y eso no es un prejuicio: eso es una realidad.
Por cierto, usted llama pérfida a Dña. Magdalena Álvarez.... ¡¡uy. uy!! ¿Cree que como funcionario puede pronunciarse en esos términos de las personas que ocupan la cúspide de la Adnministración? No sé, no sé...
Y dos cosas más, Nefar:
1ª.- El fundamento de la doctrina de los actos separables no es el interés general.
2ª.- Su argumento de la fecha de entrada en vigor no es válido. Como se suele decir coloquialmente, "no hay que esperar a morirse para saber que algo mata". Lo que es más, es que mi ejemplo del 20% puesto con toda intención, tiene que ver con un problema que se lleva años arrastrando y que es bien conocido. No, no necesitamos que la ley entre en vigor para saber que encarece los contratos.
Y no me diga usted que yo tengo prejuicios: los riesgos reales a los que una ley expone vista la literalidad de su letra son riesgos reales. Eso no es tener prejuicios, es saber leer y tener sentido común y una elemental prudencia. Imagínese que usted se fuese a comprar una casa, una compra grande, como lo son algunos contratos con la Admin para muchos contratistas... y viese que se expone usted muchísimo como empresa. ¿No le gustaría que el cntrato fuese un poco más seguro para usted?
No me venga con que si yo tengo una percepción negativa de la Administración, porque eso es mentira: ya le conté lo que sentí aquellos días que me topé con una Admin manifiestamente incumplidora... empero pasé por unba tienda de electrodomésticos y ví en las teles del escaparate a aquellos bomberos quitándose la vida por desescombrar kla T4 a toda prisa. ¿De acuerdo? Pues eso.
PS - siento los typos incluido un habre sin h y demás que pueda haber por ahí pero le escribo a usted a toda prisa.
“Es que este es el problema: seguimos sin quitar lo que a todas luces es malo (y más habida cuenta de que la potestad para interpretar los contratos corresponde a la Admin)”
Ah, estimada señora Falkenberg, ¿ve como hablando se entiende la gente? Hemos pasado de denominar la nueva ley 30/2007 como la del “chanchullo y el a dedo”, una ley “tan injusta” que va a provocar un incremento de “hasta cuatro veces del costo de la obra pública”; hemos pasado a, como ahora dice usted, a ser una ley que, simplemente, no elimina los defectos de las anteriores.
“Pues bueno, ese es su punto de vista PERO USTED NO ME A CONCRETADO POR QUÉ Y EN QUÉ, ARTÍCULO POR ARTÍCULO Y CONSECUENCIA JURÍDICA Y FÁCTICA LA NUEVA LEY ES MEJOR Y VA A HACER QUE LAS OBRAS PÚBLICAS NO SUBAN DE PRECIO... AL MENOS, PUES SIENDO REAL QUE SU COSTE ES MUY SUPERIOR AL DE LAS PRIVADAS ES EN EL INTERÉS GENERAL Y RESPONDE A LOS PRINCIPIOS DE EFICACIA Y ECONOMÍA DISEÑAR UNA LEY QUE GARABNTICE QUE VAYA A BAJAR SU COSTE.
¿CREE USTED QUE PODRÍA CONCRETARME EXACTAMENTE CUÁLES SON LOS PRECEPTOS DE LA LEY QUE TENDRÍAN COMO INEVITABLE CONSECUENCIA BAJAR EL COSTE DE LAS OBRAS, O AL MENOS EVITAR SU SUBIDA?”
Desconozco si la nueva ley será mejor que la enterior. Después de todo, todavía no ha entrado en vigor.
Pero es que no soy yo el que está sosteniendo que la entrada en vigor de la nueva ley va a provocar un incremento del coste de las obras, de la arbitrariedad en la administración, etc, etc…
Debido a que quien afirma es quien debe probar, me parece de recibo que sea usted quien aporte argumentos sobre las afirmaciones que ha expuesto en el mail que envió a su amigo Pandemonio.
En caso contrario, si simplemente nos limitamos a mantener una charla coloquial como la que podrían mantener dos personas en un bar sobre alineaciones de equipos de futbol en el próximo partido, le agradezco su opinión sobre la nueva ley, aunque sin aportar un solo argumento, BOE en mano. La tendré como tal.
"Por cierto, usted llama pérfida a Dña. Magdalena Álvarez.... ¡¡uy. uy!! ¿Cree que como funcionario puede pronunciarse en esos términos de las personas que ocupan la cúspide de la Adnministración? No sé, no sé...
Agradezco su preocupación, pero no hace falta que se moleste. Después de todo, soy funcionario. ¿Qué van a hacerme? ¿Despedirme? ¡No pueden! XD
No la molesto más. Lo que yo planteaba en esta conversación no era un debate doctrinal sobre si los poderes de la Administración son abusivos o si, en cambio, están justificados por el interés general (después de todo, la Administración no obliga a nadie a contratar con ella, y los tribunales del orden contencioso están para controlar la actuación de las AAPP que no se ajuste a Derecho). Lo que me motivó a escribir era que entendí que usted sostenía que la situación tras la nueva ley iba a ser poco menos que infausta. Veo que me equivoqué, que simplemente, lo que usted dice es que la nueva ley no corrige los defectos de las anteriores, principalmente, abaratar el coste de las obras. Me quedo mucho más tranquilo.
Sin duda, como dice usted en su post, tendrá cosas más importantes que hacer. Ha sido un placer conversar con usted.
Un saludo.
Ya... vamos, que cuando nos toca probar a nosotros entonces nos vamos, ¿no? Yo hepuesto al menos un ejemplo: usted, ninguno. Y es que usted no se ha leído bien la Ley. Si no no me hubiese espetado usted lo del orden civil. Mírese usted bien el art 21, puntos 1 y 2.
¡¡Ay!! ¡Amigo!
Y sí, por poner a parir a un superior a usted le pueden abrir expediente disciplinario. ¿Entiende usted por qué cuando uno es funcionario y dice que haga lo que haga "no pueden despedirle" otras personas sientan que esto no es muy justo? (Lo cual no es cierto, le pueden sancionar como a todo el mundo).
Lo que yo digo es que lo malo sigue y que aún peor, que es una ley muy larga y es para sentarse días con ella y que me veo en este foro inesperadamente porque con carió y su mejor intención un amigo subió lo que comenté al hilo de otras muchas cosas en un e-mail privado. Pero que yo sigo creyendo que globalemnte la Ley arrastra lo malo y no previene sino que aumenta el coste de los contratos (aquí andamos hablando de obras pero vamos, no es el único tipo regulado, como bien es sabido), esa impresión me temo que es generalizada... del mimso modo que si se esperasen contratos más baratos... ¡¡qué mejor noticia para todos, ahora en este época de "vacas flacas" en la que estamos ya metidos de lleno!!
Un saludo, Nefar, y nada, me da pena no haber oido ningún contr-argumento suyo de carácter consistente.
¿Entonces soy yo quien tiene que demostrar que las afirmaciones que usted hace de que
"...también conocida como Ley del chanchullo y el "a dedo" y que inviste a la Administrac de unas potestades tan desorbitantes que lo que está claro es que cualquiera que contrate con ella, sabiendo lo injusta que puede ser, va a pedir un precio altísimo, para cubrir el enorme riesgo contractual al que se expone con tan prepotente e injusta Admin. frente a él. Rdo: obras públicas a cuatro veces su costo... amablemente pagadas del bolsillo de todos nosotros...
son falsas? ¡Anda! Y yo que pensaba que el que hacía una afirmación era el encargado de probarla... Ya veo que me equivoqué.
Principio del Onus Probandi o de Carga de la Prueba:
Es el principio según el cual el que hace una afirmación debe dar pruebas de su veracidad (affirmanti incumbit probatio) o, en otras palabras, no corresponde al que refuta la refutación sino a quien afirma la demostración. Por ejemplo, si alguien afirma que existe una raza de enanos invisibles en los bosques debe probar que esta afirmación es cierta y no solicitar a terceras personas que prueben que es falsa.
A mi lo que me apena es que los únicos argumentos que usted ha utilizado para sostener su (creo que seria) afirmación han sido mencionar dos principios ya presentes con anterioridad a la promulgación de la ley 30/07 e indicar que Magdalena Álvarez I la Pérfida puede, con la nueva ley, resolver un contrato de obra por modificaciones que supongan un 20%, algo que no es cierto ya que, como le he demostrado, ese punto de la nueva ley está calcado de la ley anterior.
Un saludo. Respecto a que debo leerme la ley con más detenimiento, es cierto, pero es que el examen es en junio. :-)
Ya... verás, Nefar... es que la Ley no te la has leído bien., NI esta, ni la anterior, ni la doctrina de Derecho Administrativo general que se requiere para entender bien qué está pasando. Y de tu primer post se desprende que te vendrían de perlas seis o siete puntos expresados con conocimiento de causa, de manera ultra sintética y perfectos para un tema, esto es, ahorrándote un montón de horas de trabajo. Bien... pero tu primer post abre con la descalificación "es que algunos con tal de criticar el Gobierno..."
Mi primer "post" no ea un tal sino un comentario hecho al hilo de otros muchos en un e-mail largo escrito a un buen amigo y en el cual se trataban otros muchos asuntos que nada tienen que ver con esta Ley. De entrada, cada uno critica, en escritos privados o destinados a ser leídos por un colectivo más o menos indeterminado de personas, lo que mejor le parece. Y lo que usted puede tener bien claro es que no le voy a hacer ningún favor por mucho que me pinche usted, y ¿sabe usted por qué? (pues nada me cuesta ponerle cuatro argumentos...) Pues porque usted abre con la descalificación, y llevamos toda una legislatura de permanente desclaificación, un estilo que no me gusta nada y del cual esta ciudadana está tan harta que a la descalificación, Nefar, responde volviendo la espalda. Y a usted le he contestado porque este blog es de un amigo mío, porque si no, podía usted tener por bien seguro que no habría sabido más de mi. Hay un límite, Nefar, para lo desagradable que se puede ser y ese límite, bajo esta legislatura, se ha traspasado ampliamente; y este es un sentir de muchas personas, incluidas muchas militantes del partido que encabeza quien ahora ocupa la Presidencia del Gobierno y que dentro del partido tiene bastante poca base... El resultado, Nefar, es que la gente "pasa". Y nada más sencillo que darle el tema hecho... incluso bien hecho y por Internet, con la parte de doctrina general, lo que usted debe saber y no sabe, la parte general de la ley, incluido un estudio comparativo con los textos anteriores, incluso ahí donde la jurisprudencia ha ido cincelando esta parte del Dcho Advo, y luego los distintos tipos de contratos... y los que se hallan contenidos en Leyes especiales (Aguas, etc)... etc. Hubiera estado bien ¿verdad?
Pues sí, Nefar, sí. Eso es convivencia, Nefar, no entrar con la descalificación o los malos modales: ya hemos tenido bastante de prepotencia y otros primores, gracias. Por eso, por mucho que usted me pinche, ya ve que no saca nada. Yo no soy una persona ni antipática, ni poc amable ni poco generosa. Para nada. Pero ocmo todo ser humano, tengo mis límites... y hace meses que procuro evitar a toda costa el malo-malísimo ambiente que hay y las personas que son agresivas y desagradables que es inevitablemente como yo le he sentido a usted. (Al igual que nuestro amigo Coup de Bâton que uno tildaría de cualquier cosa menos correcto...)
“Y de tu primer post se desprende que te vendrían de perlas seis o siete puntos expresados con conocimiento de causa, de manera ultra sintética y perfectos para un tema, esto es, ahorrándote un montón de horas de trabajo.”
Cachis! Me ha pillado usted. Yo lo que quería era que usted me la resumiese para aprobar las oposiciones. Jajaja. ¿De verdad se cree usted lo que pone, señora mía? ¿Es usted de las que se fiaría de la información que cualquier zote puede colgar en internet? ¿Por qué asume entonces que yo sí?
“Bien... pero tu primer post abre con la descalificación "es que algunos con tal de criticar el Gobierno..."
Ya, claro. Usted describió la ley como la del chanchullazo, que va a provocar un mayor gasto en la contratación. Y cuando le pido que me razone por qué esta ley es tan diferente de la anterior y va a provocar tan nefastos efectos, usted no aporta un solo argumento (bueno, el de Magdalena Álvarez, pero es tan risible como erróneo: la facultad que tiene la Administración de resolver el contrato ya existía antes de la nueva ley). Como puede ver, yo no iba tan desencaminado. Usted tira la piedra y esconde la mano.
Mire, comprendo que no quiera meterse en berenjenales. Como usted ha reconocido, el e-mail con su amigo era tipo charla de bar sin aportar argumentos, sino sólo su apreciación personal. Usted tiene la impresión de que la nueva ley no va a mejorar la situación y que va a encarecer los contratos (porque sí, porque yo lo valgo…). Bueno, me parece perfecto, oiga. El problema es que su amigo lo ha colgado en un blog. Blog en el que cualquiera, incluido yo, puede leer y dar su opinión. Y es que a mí, las charlas tipo bar y las charlas tipo Loreal (ya sabe: porque sí, porque yo lo valgo) me parecen muy bien, pero si se argumentan, mucho mejor. Y no quiero sus maravillosos esquemas-resumen que me permitan aprobar, no. Yo, más bien, como le decía la primera vez, buscaba que usted me enlazase algún estudio o informe que alertase de los perniciosos efectos que la nueva ley de contratos iba a provocar.
Bueno, respecto al resto de su contestación, decirle que me ha parecido bastante grosera, la verdad. En primer lugar, asume que tras mis palabras se hallan unos intereses bastardos (conseguir de usted unos resúmenes-esquema chachipirulis de la muerte que me permitan aprobar). Pues no, señora. Logré aprobar hace unos años unas oposiciones sin su ayuda, y dudo mucho que la necesite para aprobar las actuales.
En segundo lugar, me acusa de crispar. Es curioso, no soy yo quien tiene un blog y quien ha subido un hilo en el que acusa al Gobierno (y repito que sin aportar una sola prueba) de que la nueva ley es la
“Ley del chanchullo y el "a dedo" y que inviste a la Administrac de unas potestades tan desorbitantes que lo que está claro es que cualquiera que contrate con ella, sabiendo lo injusta que puede ser, va a pedir un precio altísimo, para cubrir el enorme riesgo contractual al que se expone con tan prepotente e injusta Admin. frente a él. Rdo: obras públicas a cuatro veces su costo...”
En tercer lugar, me acusa de ser prepotente, agresivo y desagradable. Mire, señora, yo no dudo de que usted sea, como usted dice, simpática, amable y generosa. No la conozco y no puedo (ni quiero) juzgarla. Lo que sí la digo es que usted utiliza (como le dije al ancap que escribió hace unos días) a placer las falacias ad hominem. Mi prepotencia, agresividad y todo lo que usted quiera, no restan ni aportan valor a lo que yo diga. Ya sabe: la verdad es la verdad, la diga Agamenón o su porquero.
Dicho esto y viendo que usted desiste de seguir discutiendo (porque poco debate era el que estábamos manteniendo), doy por zanjada la cuestión. Un placer charlar con usted, señora Falkenberg.
Nefar, es usted muy desagradable y pone en mi boca cosas que yo no he dicho, por ejemplo, que sea usted prepotenre. Hablo de un ambiente, una legislatura tensa y desagradable. ¿Sabe, Nefar? Cualquier cosa que diga será usada contra mi. Usted me acusa de acusarle yo a usted de prepotenre. ¿Sería usted tan amable de decir exactamente dónde yo digo que usted es prepotenre? Digo como dicen muchas personas que esta ha sido una legislatura caracterizada por la prepotencia en muchos aspectros de la vida pública. Esto lo siento yo y lo sienten muchas personas más y llega un punto en el cual la gente se da la vuelta harta y aburrida... pero Nefar: usted de lo que no se da cuenta es de lo bien que me doy yo cuenta de hasta dónde llega usted y lo que usted sabe o no, porque los tres argumentos que me ha dado son para sentarse a hablar de la Ley no desde ésta, sino desde una serie de conceptos previos de Dcho Administrativo en su parte general. Le gustará más o menos que le digo esto pero es rigorosamente cierto. Con esto no les estoy descalificando a usted: le estoy diciendo lo que pienso, leyendo sus comentarios.
Lo que sí le digo es que no dejo de sentir, no puedo evitar dejar de sentir, y es una impresión personalísima pero la comparto con otras personas, que es usted muy agresivo y no muy agradable. NO es una falacia ad hominem lo que uso, señlor Nefar, de modo que deje de acusarme de cosas que no son ciertas. Yo no le acuso de crispar: eso se lo inventa usted. NO me acuse de cosas que no hago. NO le acuso de tener intereses bastardos: adquirir buenos conocimeintos o buenas informaciones es Nefar un interés más que legítimo y muy loable. Por supuesto que usted aprobará (o no) sin mui ayuda pero lo que es indiscyutible es que los temas de calidad, las informaciones provenientes de quienes más saben y conocen, son ciertamente materiales valiosos.
Por lo demás si usted considera que García de Enterría, Muñoz Machado,los Martín Retortillo o Santamaría Pastor, entre otros, son zotes pues usted mismo, pero la verdad es que parece que la mayoría de los profesionales del Derecho de este país tiendas a ver en ellos a personas de acreditada capacidad y conocimientos. De modo que yo no asumo que usted se fiaría de cualquier zote y sí, yo sí me creo lo que le estoy diciendo.
Así pues, los escritos no son míos sino de señores que ya peinan muchas canas. Fue usted en su primer post quien comentó que estaba preparando unas oposiciones y que querría unos argumentos. Esos temas, hechos, están y ahorran trabajo. Nadie ha pretendido decir o sugerir ni remotamente que usted no haya aprobado por sus propios méritos pero cierto es que cada uno de nosotros no somos sino aprendices durante toda nuestra vida y creo que lo que otros escriben bien es conocimiento que generosamente nos aportan.
La "charla de bar" o "L'Oreal" como used dice "y sin aportar argumentos" tiene su razón de ser en que ni en el mail procedía ni mi amigo es jurista ni le interesa tal grado de detalle. Pero usted no es agradable, Nefar, no lo es y mi impresión la comparten cabezas muy bien amuebladas y quiero creer que con bastante más experiencia y conocimiento que usted de modo que atendido el criterio de normalidad, permítame que fundadamente, siga pensando que la nueva ley no mejora las cosas pues arrastra defectos y tiene defectos nuevos aunque no dejaré que ningún zote enturbie sus estudios.
Buenas tardes.
Resumiendo Nefar, desde el principio: nadie está obligado a justificarse ante usted, auqnue usted no se lo crea. Entretanto usted encarne un órgano de la Administración y en tal calidad y dentro de los precisos contornos marcados por una norma legal y en todo caso con suficiente cobertura es posible que usted en sus relaciones ocn los administrados y con otros órganos pueda demandar, com órgano, explicaciones. Fuera de eso, amigo: nada. Y cada uno habla con quien le cae bien... Y no es muy amable entrar descalificando y pensando que las personas decimos cosas "con tal de criticar". Si una ley está mal está mal... y también he criticado duramente leyes de otros Gobiernos del mismo modo que las que me han parecido un avance las he alabado. Pero entiéndalo, Nefar, las explicaciones nadie está obligado a dárselas, de modo que como esto es voluntario... y sí: sigo pensando que esta Ley así como el resto de la normativa que la complementa y que incide de manera decisiva en la materia objeto de regulación, a saber, la contratación con las AAPP (pues ocmo usted bien sabe no es ésta la única norma que hay) ni mejora, ni clarifica sino que las mismas puertas traseras siguen abiertas además de las nuevas a las que pudiere estarse dando pie. Algo así como la sencillamente indecente Ley de Financiaición de los Partidos Políticos. ¿Se conoce usted sus agujeros, sus trucos, sus puertas traseras? ¿Y porque usted no las conozca y yo no las explicite aquí, es que deja de haberlas?
O al revés... quizá usted conoce y yo no las trampas de la Ley y porque usted no me las explicite y yo siga sin conocerlas... ¿es que dejan de existir por eso? Y ¿es que yo tengo derecho a descalificarle a usted y a enfurecerme con usted por un comentario hecho a un amigo suyo en un e-mail y que usted, sus razones tendrá, no me quiere aclarar? No ¿verdad? Y ¿sería de agradecer que nos pasasen unos buenos temas por e-mail sin conocernos de nada? Sí, ¿verdad? Pues eso es, Nefar, eso es... Hay algo que se llama un poco de tranquilidad y buen humor y ahora me temo que sí que le tengo que dejar porque tengo que seguir trabajando.
Un saludo
De acuerdo, usted no me acusa entonces de ser prepotente ni de crispar. Muy bien, culpa mía por ser tan susceptible y entenderlo así. De todas formas, sin acritud, recurre usted muy a menudo a falacias para argumentar su postura. Por ejemplo, cuando dice que yo llamo zote a García de Enterría es una falacia de hombre de paja de libro. También usa el argumentum ad verecundiam cuando dice que hay opiniones de señores que peinan ya muchas canas o cabezas muy bien amuebladas que sostienen lo que usted dice. Perfecto, cíteme alguno en alguna revista, informe o libro que hable de las bondades o maldades de la nueva ley. Estaré muy gustoso de leerlos, se lo aseguro. Seguro que, por lo menos, algún argumento aportarán.
Dice usted que ya sabe hasta dónde llego yo en conocimientos jurídicos. Reconozco mis carencias en Derecho, es cierto. Quizá por ello, pueda usted ayudarme a entender la diferencia (y que según usted provoca que la nueva ley sea la del "chanchullo", el "a dedo", la de las potestades “desorbitantes”, etc, etc) que existe entre los artículos 194 y 195 de la nueva Ley (que hablan sobre las prerrogativas de la AP en los contratos administrativos y el artículo 59 de la antigua ley, que regulaba el mismo tema (las prerrogativas).
Bien, puede ahorrar tiempo. Si quiere, ya le digo yo la diferencia: ninguna. Bueno, sí, hay una: se ha pasado la cifra a euros y se ha redondeado, fíjese usted que potestad tan exorbitante ha introducido la Ley 30/07.
En fin, no voy a extenderme más, ya me ha quedado bastante claro que no quiere ofrecer argumentos. Perfecto. Es muy libre de hacer lo que usted quiera, faltaba más: yo no la exijo nada porque crea que debe justificarme ante mí como si fuese un órgano administrativo dirigiéndome al ciudadano (otro hombre de paja que emplea usted, por cierto).
El único problema, simplemente, es que la afirmación que su amigo Pandemonio expone en su blog “alertando de los efectos de la nueva ley de contratos del sector público” queda bastante coja si no se argumenta o si se hace con afirmaciones del tipo:
“Si una ley está mal, está mal”
o
“Pero entiéndalo, Nefar, las explicaciones nadie está obligado a dárselas, de modo que como esto es voluntario…”
Un saludo.
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