En 1925, el Tribunal Supremo de los EE.UU. declaró inconstitucional la Ley de Educación Obligatoria del estado de Oregón que obligaba a todos los padres y tutores de niños entre 8 y 16 años a enviarlos a colegios públicos. Esta norma había sido aprobada en referéndum por los electores del estado gracias al apoyo recibido por el KKK y diversas congregaciones religiosas evangélicas.
Una congregación católica, La Sociedad de de las Hermanas de los Sagrados Nombres de Jesús y María, dueña de varios colegios y orfanatos, llevó la ley ante los tribunales porque a su juicio violaba el derecho de los padres a elegir el tipo de educación que querían para sus hijos y el de colegios y profesores a ejercer sus actividades empresariales y académicas con libertad.
El Alto Tribunal declaró la ley inconstitucional porque el estado se había extralimitado en el ejercicio de sus poderes que podían ser, de forma "razonable, regular todas las escuelas, inspeccionar, supervisar y examinar a profesores y alumnos, requerir que todos los niños de edad apropiada asistieran a la escuela, que todos los profesores tuvieran un buen carácter moral y una disposición patriótica, que ciertos estudios esenciales para una buena ciudadanía fueran enseñados y que nada manifiestamente contrario al bien público fuera enseñado". La formación religiosa católica que recibían los alumnos de los centros de las Hermanas no estaba entre esas restricciones.
Como recuerda Damon W. Root en un artículo publicado en Reason, algunos jueces derechistas denuncian el activismo judicial y sostienen que cuando los principios constitucionales no están claros, deben ser los electores, directamente o a través de sus representantes, quienes decidan la cuestión, y no los tribunales. Es la postura manifestada por el magistrado del Tribunal Supremo Antonin Scalia en varios casos relativos al aborto, las relaciones homosexuales en privado entre adultos y los presos de Guantánamo.
Sin embargo, el mismo Scalia se contradijo cuando votó a favor de la abolición de la restricción de la tenencia de armas en el distrito de Columbia. La amplitud del derecho a portar armas garantizado por la Constitución no está claro, así que al votar en contra de la ordenanza local de las autoridades de Whastington D.C., elegidas por los ciudadanos de la ciudad en elecciones libres y justas, (caso D.C. contra Heller) incurrió en el mismo activismo que critica en otros casos. El problema, tal y como señala uno de los juristas conservadores más importantes de los EE.UU., Harvie Wilkinson III, es que para algunos jueces derechistas algunas restricciones a los derechos individuales están bien y otras no según les dictan consideraciones extra políticas.
Root niega la falsa distinción entre prudencia y activismo judicial y propugna un nuevo tipo de activismo judicial basado en los principios de la libertad individual y la restricción del poder del Estado, algo que no interesa ni a la izquierda ni a la derecha.
En España, algunas sentencias relativas a Educación para la Ciudadanía, como la del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que anuló algunos contenidos de la asignatura porque no tenían en cuenta el pluralismo político de la sociedad y violentaban la libertad ideológica y religiosa de las personas, siguen esa línea. La resolución del TSJA también denuncia el intento estatal de llegar a zonas vedadas para los poderes públicos, como la conciencia. La sentencia no invalida la asignatura, pero marca sus límites, los valores de la Constitución. De esta forma, el tribunal interpreta el artículo 27 de la Constitución de forma restrictiva para el Estado. Me parece un buen ejemplo de este tipo de activismo judicial defendido por Root, aunque espero que los que lo defienden para una cosa no lo denuncien cuando se trate de otro derecho individual que no les gusten o consideren desagradable o inmoral. Hay que estar a las duras y a las maduras. El liberalismo a la carta que practican unos y otros es una aberración que debemos combatir.
Otra cosa es que exista un conflicto de intereses, como en el caso de los fetos de más de seis semanas, que al poseer cerebro tienen por tanto voluntad y un proyecto vital viable independiente que no debe ser truncado por su madre. La prueba de esto es que el feto comienza a mostrar comportamientos agresivos con la madre, porque demuestra sus ganas de sobrevivir alimentándose de todo lo que encuentra y creando algunos problemas menores de salud a la madre. Por lo tanto, el feto está vivo y quiere seguir así. La interrupción voluntaria del embarazo a partir de ese momento, salvo en casos de riesgo para la vida de la madre o de malformaciones que condenen al feto a una muerte segura poco después de su nacimiento y pongan en riesgo la capacidad de su madre para volver a quedar embarazada, me parece simplemente una injusticia.
Una congregación católica, La Sociedad de de las Hermanas de los Sagrados Nombres de Jesús y María, dueña de varios colegios y orfanatos, llevó la ley ante los tribunales porque a su juicio violaba el derecho de los padres a elegir el tipo de educación que querían para sus hijos y el de colegios y profesores a ejercer sus actividades empresariales y académicas con libertad.
El Alto Tribunal declaró la ley inconstitucional porque el estado se había extralimitado en el ejercicio de sus poderes que podían ser, de forma "razonable, regular todas las escuelas, inspeccionar, supervisar y examinar a profesores y alumnos, requerir que todos los niños de edad apropiada asistieran a la escuela, que todos los profesores tuvieran un buen carácter moral y una disposición patriótica, que ciertos estudios esenciales para una buena ciudadanía fueran enseñados y que nada manifiestamente contrario al bien público fuera enseñado". La formación religiosa católica que recibían los alumnos de los centros de las Hermanas no estaba entre esas restricciones.
Como recuerda Damon W. Root en un artículo publicado en Reason, algunos jueces derechistas denuncian el activismo judicial y sostienen que cuando los principios constitucionales no están claros, deben ser los electores, directamente o a través de sus representantes, quienes decidan la cuestión, y no los tribunales. Es la postura manifestada por el magistrado del Tribunal Supremo Antonin Scalia en varios casos relativos al aborto, las relaciones homosexuales en privado entre adultos y los presos de Guantánamo.
Sin embargo, el mismo Scalia se contradijo cuando votó a favor de la abolición de la restricción de la tenencia de armas en el distrito de Columbia. La amplitud del derecho a portar armas garantizado por la Constitución no está claro, así que al votar en contra de la ordenanza local de las autoridades de Whastington D.C., elegidas por los ciudadanos de la ciudad en elecciones libres y justas, (caso D.C. contra Heller) incurrió en el mismo activismo que critica en otros casos. El problema, tal y como señala uno de los juristas conservadores más importantes de los EE.UU., Harvie Wilkinson III, es que para algunos jueces derechistas algunas restricciones a los derechos individuales están bien y otras no según les dictan consideraciones extra políticas.
Root niega la falsa distinción entre prudencia y activismo judicial y propugna un nuevo tipo de activismo judicial basado en los principios de la libertad individual y la restricción del poder del Estado, algo que no interesa ni a la izquierda ni a la derecha.
En España, algunas sentencias relativas a Educación para la Ciudadanía, como la del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que anuló algunos contenidos de la asignatura porque no tenían en cuenta el pluralismo político de la sociedad y violentaban la libertad ideológica y religiosa de las personas, siguen esa línea. La resolución del TSJA también denuncia el intento estatal de llegar a zonas vedadas para los poderes públicos, como la conciencia. La sentencia no invalida la asignatura, pero marca sus límites, los valores de la Constitución. De esta forma, el tribunal interpreta el artículo 27 de la Constitución de forma restrictiva para el Estado. Me parece un buen ejemplo de este tipo de activismo judicial defendido por Root, aunque espero que los que lo defienden para una cosa no lo denuncien cuando se trate de otro derecho individual que no les gusten o consideren desagradable o inmoral. Hay que estar a las duras y a las maduras. El liberalismo a la carta que practican unos y otros es una aberración que debemos combatir.
Otra cosa es que exista un conflicto de intereses, como en el caso de los fetos de más de seis semanas, que al poseer cerebro tienen por tanto voluntad y un proyecto vital viable independiente que no debe ser truncado por su madre. La prueba de esto es que el feto comienza a mostrar comportamientos agresivos con la madre, porque demuestra sus ganas de sobrevivir alimentándose de todo lo que encuentra y creando algunos problemas menores de salud a la madre. Por lo tanto, el feto está vivo y quiere seguir así. La interrupción voluntaria del embarazo a partir de ese momento, salvo en casos de riesgo para la vida de la madre o de malformaciones que condenen al feto a una muerte segura poco después de su nacimiento y pongan en riesgo la capacidad de su madre para volver a quedar embarazada, me parece simplemente una injusticia.
5 comments:
Este post va por lo que escribiste hace varios meses en Mayo sobre el asturino/bable.
Os aconsejo que leais más libros y menos periódicos. Uno en particular que dudo que vayais a leer sería el libro de Ramón d'Andrés "Juicios sobre la lengua asturiana". Y después habléis.
También podríais leer otros si queréis como de otros lingüistas de reconocido prestigio internacional como Telmo Verdelho, Fernando Lázaro Carreter, Joshua A.Fishman, Hjemslev Louis,....
También podríais comparar las declaraciones hipócritas y cambiantes de mucha gente política o de la llamada "élite cultural" de Asturias; o mirar los acuerdos internacionales firmados por el Estado (mírese la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias ratificada por el Congreso de los Diputados el 31 de octubre de 2000 en la que se reconoce al asturiano como una lengua necesitada de verdadera protección).
Se me olvidaba, soy asturiano, y yo debo ser un bicho raro pero en Gijón dependiendo de si estoy en la Universidad, o en un ambiente más familiar o coloquial si oigo bable.
Menudo diálogo de besugos. El uno hace propaganda de su blog, el otro habla del bable...
¿Alguien se ha leído el post de Liberty? Pues mal hecho porque dice verdades como puños.
Fonseca
*** los fetos de más de seis semanas, que al poseer cerebro tienen por tanto voluntad y un proyecto vital viable independiente que no debe ser truncado por su madre. La prueba de esto es que el feto comienza a mostrar comportamientos agresivos con la madre, porque demuestra sus ganas de sobrevivir alimentándose de todo lo que encuentra***.
Aplicable perfectamente a una ameba. Qué monumental chorrada. Una cosa es que seas religioso, o que no lo seas y que estés contra el aborto voluntario, lo cual es completamente respetable, y otra que pretendas FUNDAMENTAR esa posición en dislates y desvaríos.
¿Estás seguro de que conoces el significado de la palabra "voluntad" en castellano? Se necesitan muchos meses de maduración pasíquica en un entorno social para poder hablar de "voluntad", alma de Dios. Lee a Piaget, aunque sea un poquito, antes de permitirte el atrevimiento. No leas sólo fundamentalismo católico-romano.
El anónimo asturiano no es que sea un bicho raro (a saber), sino que simplemente miente.
Se oyen ciertas variedades de algún bable (hay un conjunto de ellos) en ciertas aldeas y a gente ya muy mayor.
El resto es un engendro creado ah hoc, forzado porque parece ser que hay gente que necesita una identidad propia a través de una lengua dizque propia.
Y puestos a aclarar, yo soy asturiano y... lingüista.
redwine, mi postura sobre el aborto no tiene nada que ver con el fundamentalismo católico, que abborezco. Yo no creo en eso de "la vida desde la concepción", algo que me aleja mucho de sus posturas. Creo que hay diferencias entre el cerebro humano y una ameba, pero bueno, si tú piensas que son iguales, chico, el ignorante eres tú, además de un poco ciego.
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