Tuesday, January 06, 2009

Tal vez una buena noticia


El Tribunal Supremo ha anulado parte del decreto sobre concesiones de licencias de emisoras de FM de la Comunidad de Madrid, que ilegalizaba las emisoras de las asociaciones sin ánimo de lucro a favor de los ayuntamientos. Me parece una noticia estupenda, porque ese decreto era un auténtico atentado contra la libertad de expresión, y además daba carta blanca a los alcaldes para que creasen emisoras pagadas con el dinero de sus vecinos, esas que nadie escucha y de las que se beneficia algún periodista amigo de los políticos de la ciudad.


Sin embargo, mi temor es que ahora de Comunidad de Madrid se dedique a quitarles emisoras a las entidades comerciales para que los ayuntamientos puedan mantener la suya. Veremos en qué queda el liberalismo de Esperanza Aguirre. ¿Será capaz su Gobierno de cerrar emisoras rentables y provocar el despido de sus trabajadores con tal de que el alcalde de turno cuente con una plataforma mediática desde la que emitir propaganda? El decreto es de 2003, cuando el presidente era Ruiz Gallardón. Aguirre tiene la oportunidad de demostrar su compromiso con la libertad corrigiendo los excesos del alcalde de Madrid o seguir su estela.


En su sentencia, el alto tribunal recuerda que uno de los objetivos del decreto era "la supresión de las previsiones relativas a las emisoras culturales y otras de carácter no lucrativo". La nueva regulación normativa afectaba tan de lleno a este sector que detallaba los procedimientos para el cierre y las sanciones que recaerían sobre aquellas empresas que emitieran sin tener la preceptiva licencia administrativa.

Reconoce el Supremo que las emisoras culturales y no lucrativas "compiten en la asignación de frecuencias del limitado espacio radioeléctrico con los demás tipos de radiodifusores", entre ellos los operadores comerciales.

El fallo estima el recurso interpuesto por la Unión de Radios Culturales de Madrid contra una sentencia dictada por el TSJM dos años antes. La sentencia del Supremo cuenta con el voto particular del magistrado Óscar González, según el cual la administración no necesitaba escuchar a la asociación recurrente porque es "de carácter privado".

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