Duncanville (Texas) se une a las ciudades americanas que han prohibido las fiestas de intercambio de parejas. En este caso, las autoridades locales han cerrado un "sex club" situado en una zona residencial y no permitirán este tipo de actividades en urbanizaciones.
El dueño de la casa, que aceptaba dinero por las fiestas que organizaba, se queja de que algunos quieren obligar a todos a comulgar con su moral. Otros alegan que las orgías ocasionaban tráfico, ruido y problemas de aparcamiento.
¿Restricción intolerable de la libertad o legítima defensa colectiva ante los abusos de un caradura? Creo que más de lo segundo que de lo primero, aunque no lo parezca.
En las urbanizaciones norteamericanas las reglas sobre ruido y aparcamiento son muy estrictas. Lo normal es que uno sólo pueda aparcar en la zona de la calzada lindante con su propiedad, y a veces ni siquiera eso: sólo se admiten estancias largas de automóviles para los residentes, y en caso de fiestas se espera que el anfitrión y los invitados no abusen de las calzadas lindantes con otras propiedades, es decir, dejen espacios libres en las calzadas de otros y no permanezcan allí mucho tiempo. Estas normas suelen estar escritas, y cuando no es así se apela a la costumbre. Es precisamente la ruptura de estas normas que sirve de pretexto para que algunos se dediquen a la planificación.
El negocio de las orgías produce daños ciertos a los vecinos que han elegido vivir en esa zona precisamente por la ausencia de comercios en el barrio. Por otra parte, el dueño del negocio no se molestó en pedir autorización o informar a los demás, ni propuso ningún tipo de indemnización por los daños causados. Es más, usa la propiedad ajena para el aparcamiento de sus invitados, lo cual le reporta un beneficio económico.
Creo que en este caso los vecinos y la ciudad tienen razón. En cambio no creo que lo tuviera una vecina del barrio de Montecito en Santa Barbara, que denunció al dueño de un hotel de la zona por el tráfico que ocasionaban los clientes del spa. El hotel alegó que el establecimiento era legal, contaba con todos los permisos para llevar a cabo actividades comerciales, y además tenía un garaje propio para todos sus clientes. Además, el hotel ya estaba allí cuando la vecina llegó. En este caso, quien parece que intenta ocasionar un daño cierto a los demás por un capricho es la demandante.
¿Hasta dónde es legítimo restringir el uso libre de la propiedad privada individual? ¿Dónde están los límites entre mi libertad y la ajena?
3 comments:
Que se acuesten con quien quieran, pero sin taladrar a los vecinos.
Si el problema es el aparcamiento, que prohiban aparcar, pero que no veden el fornicio.
Si los participantes en la orgía se citan media hora antes en un bar próximo y pasa un autocar a recogerles para dejarles en la puerta de la casa en cuestión, no habría problema.
Desde el momento en el cual los dueños de las otras casas no pueden hacer la vida que hacían antes de que el otro hubiera plantado su negocio de orgías se puede hablar de una "intervención en su propiedad" ¿no?.
En ese caso... están en su derecho de impedir que les molesten. Es como si yo pongo la música a todo volumen a las 5 de la mañana en mi casa...
Fonseca
Post a Comment